lunes, 19 de abril de 2010

PROSIGUE EL ESCANDALO DE LOS CLONADORES DE COFOPRI AL MANDO DEL CORRUPTO JAVIER BERNAL SALAS

ESCANDALOSO HECHO APARECIO EN LA PORTADA DEL DIARIO LOS ANDES DE PUNO:

Acusan a fiscal de favorecer a “clonadores” de COFOPRI 

Magistrado archivó denuncia por adulteración de boletas de venta

Escribe: PAUL APAZA COYLA | Judicial - 06:00h
- Para el fiscal Santos Miguel Alfaro Gonzales, los seis ex trabajadores de COFOPRI no falsificaron boletas. - Reconocidos abogados sostienen que los fundamentos fácticos y jurídicos del archivamiento, son inconsistentes. 

Vergonzante, descabellada, inconsistente, carente de todo fundamento que denigra al Ministerio Público; así fue considerada la disposición de archivamiento del fiscal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puno, Santos Miguel Alfaro Gonzales, quien archivó la denuncia hecha contra seis ex trabajadores del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI) –Puno.
El 26 de agosto del 2009, los trabajadores del COFOPRI, Richar Tapia Tapia, Jorge Antonio Ramos Álvarez, Porfirio Serafín Pari Zurita, Fredy Eloy Ticona Altamirano, Jorge Miguel Remod Alvarado, Renán Alberto Cordero Goyzueta y Oscar Willy Yupanqui Ayarquispe, fueron denunciados por el ex procurador público Anticorrupción de Puno, José Antonio Belón Jara, por los delitos de: Peculado Doloso Agravado, Falsificación de Documentos y Asociación Ilícita para Delinquir en agravio del Estado.
Como se recuerda, el equipo de investigación de Los Andes, el pasado 24 de agosto del 2009, puso al descubierto de cómo se manejaban los viáticos en COFOPRI. Por ejemplo, el ex servidor público, Richar Tapia Tapia, declaró como gasto de viático el monto de 60 nuevos soles del Restaurant Deysi de Huancané (BV Nº 015); sin embargo, la boleta original es sólo por 7.50 nuevo soles y fue otorgada a Saúl Sulca Mejía y no a COFOPRI como asegura el ex servidor.
También, Oscar Willy Yupanqui Ayarquispe, ex administrador del COFOPRI, presentó la Boleta de Venta Nº 0135, del hospedaje “Brisas”; pero contrastado el documento, en la boleta original, figura como cliente Yolanda Núñez y no el COFOPRI como presentó el funcionario, y el monto que pagó es solamente 10 nuevo soles. Lo mismo sucedió con otros funcionarios que presuntamente habrían adulterado “clonado” las boletas.
ESCANDALOSO ARCHIVAMIENTO
Pese a las fehacientes pruebas, para el magistrado Santos Miguel Alfaro Gonzales que despacha en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puno, la conducta de los ex trabajadores, sencillamente no configuran delitos. En fecha 21 de diciembre del 2009, el magistrado rubricó tal decisión con la Disposición Nº 002-2009.
En su análisis jurídico, argumenta que los denunciados no son funcionarios, menos servidores públicos, debido a que cuentan con un contrato temporal, en su modalidad contractual de la administración pública privada del Estado, por ende, no se configura el delito de Peculado.
SÍ FUERON SERVIDORES PÚBLICOS Y/O FUNCIONARIOS
Los Andes tuvo acceso al Memorandum Nº 310-2010 de fecha 22 de febrero, emitido por el director nacional de la Oficina de Administración del COFOPRI-Lima, Rolando Santa Cruz Miranda, quien refiere que de acuerdo a la asesoría legal, los denunciados, son considerados funcionarios y/o servidores públicos. “Se les considera funcionarios y/o servidores públicos sin perjuicio de la modalidad de contratación o vínculo que se tiene con el aparato estatal, más aún si manejan o administran fondos del Estado”, refiere una parte del contenido del Memorándum.
Además, el documento hace saber al actual jefe zonal del COFOPRI-Puno, que la Procuraduría Pública de dicha entidad, expresa que solicitará la ampliación de la investigación, dado que los citados ex trabajadores denunciados por adulterar boletas, se encontraban en calidad de servidores públicos.
En relación al delito de Falsificación de Documentos, Santos Miguel Alfaro Gonzales, refiere que la SUNAT no registra información individualizada respecto a los montos girados en las boletas de venta, nombre del usuario o fecha de emisión, y que el propietario del restaurant “Deysi” nunca declaró a Los Andes, y que recibió hostigamiento de los supuestos periodistas. Y para colmo, dice no es necesario la pericia grafotécnica; en consecuencia, tampoco se configura el delito de Falsificación de Documentos.
APRECIACIÓN DESCABELLADA
Con estos argumentos, el Fiscal declaró que no procede la judicialización de la denuncia ante el Poder Judicial, disponiendo el archivamiento definitivo. El reconocido abogado Guido Gallegos Gallegos, expresó que la Disposición denigra la imagen del Ministerio Público y pone en tela de juicio una vez más, el actuar de los fiscales.
El jurista sostiene, que para la configuración del delito de Peculado, no interesa la modalidad de contrato, lo que importa, es que el servidor público reciba como salario fondos del Estado, más aún, si administran peculios del aparato estatal, que en este caso, son los viáticos. “No interesa la modalidad contractual, puede ser de carácter civil, laboral… para ser servidor público lo que importa es la remuneración o la contraprestación o los fondos que manejan del Estado”, aclara.
Respecto a la Falsificación de Documentos, Gallegos Gallegos, sostuvo que el Fiscal interpretó la norma legal con otros fines. Explicó que en este tipo de delitos el Fiscal lo primero que tiene que hacer es someter los documentos, en este caso las boletas a una pericia grafotécnica, para contrastar los comprobantes, lo que fue obviado por el defensor de la legalidad.
“No nos pondría en duda su apreciación jurídica, porque es un hombre de derecho. Lo que nos pondría en duda es su aspecto moral, yo creo que el Fiscal conoce este asunto, sabe de lo que estamos diciendo, pero moralmente está cuestionando con el objeto de beneficiar y archivar esta denuncia. El Fiscal en su dictamen dice que no es necesario un peritaje grafotécnico, él ha sido perito grafotécnico, y él sabe que tratándose de una denuncia de falsificación de documentos, lo primero que uno tiene que hacer es un peritaje grafotecnico…un cotejo”, añade el jurisconsulto.
HABRÍA COMETIDO DELITO DE PREVATICATO
Con estos argumentos con las que archivó el caso, el fiscal Santos Miguel Alfaro Gonzales, habría cometido el delito de Prevaricato, por no interpretar de manera idónea el Código Penal. Razón por la cual, Gallegos Gallegos, instó a la Oficina de Control Interno (OCI) del Ministerio Público, analizar y evaluar la Disposición que archiva la denuncia, e inicie la investigación contra el Fiscal.
ADEMÁS: 1. El caso de los funcionarios de COFOPRI, es similar al delito cometido por los consejeros regionales, caso que viene ventilándose en el Poder Judicial. 2. El abogado Samuel Larico Mamani, expresó que el tema será puesto de conocimiento al Órgano de Control de la Magistratura (OCMA) para que el archivamiento sea revisado.